Saltear al contenido principal

Con la reglamentación de los artículos 13 y 14 consolidamos nuestro Convenio Colectivo de Trabajo

En la reunión de paritaria local del jueves 4 de junio, ADIUC acordó con los representantes de la UNC la reglamentación de los artículos 13 y 14 de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo.

En un contexto signado por el deterioro de las condiciones laborales que promueve la reforma laboral del gobierno nacional —y por el ataque a los derechos colectivos que esa política implica—, hemos dado un paso concreto que consolida la plena vigencia de nuestro CCT.

Este logro, por el que trabajamos durante años, avanza en criterios comunes para la regulación del trabajo docente en toda la UNC, reduciendo el margen de discrecionalidad de las autoridades ante las vacancias de cargos.

Concretamente, la reglamentación del art. 14 establece criterios transparentes y uniformes para los mecanismos de promoción transitoria en la cobertura de cargos vacantes en toda la universidad.

La norma regula quién puede cubrir cada tipo de vacante según categoría, los plazos de notificación a los docentes del espacio curricular, los criterios de selección ante pluralidad de candidatos y las obligaciones institucionales cuando se decide no cubrir una vacante definitiva.

Por su parte, la reglamentación del art. 13 precisa los requisitos y la oportunidad para acceder al mecanismo de promoción de Ayudante A concursado a Profesor Asistente: contar con una antigüedad mínima de tres años en el cargo y haber aprobado al menos una evaluación de carrera docente.

Además, las partes se comprometieron a avanzar en planes de mejoras para la implementación efectiva de esa promoción.

El CCT, un piso de derechos.

Volver arriba